Del juicio en Línea

Una de las principales aplicaciones de las nuevas tecnologías de la información y comunicación electrónica en el ámbito jurídico es sin duda alguna el juicio en línea que contempla la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1 de diciembre de 2005 y contenido en el capítulo X del Título II de la misma, capítulo adicionado y que de acuerdo al Transitorio Tercero del Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo y de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12.06.2009, El Tribunal deberá realizar las acciones que correspondan, a efecto de que el Juicio en Línea, inicie su operación a los 18 meses contados a partir de la entrada en vigor del citado.

Si bien el juicio en comento aún no entra en operación como señalamos anteriormente, la adecuación de las Tecnologías de la información y Comunicación a la legislación positiva de nuestro país y sus ventajas podemos ya apreciarlas desde ahora. Personalmente las divido en dos aspectos fundamentales; la economía procesal que otorga a las partes y al órgano jurisdiccional al permitirles presentar sus promociones, pruebas, anexos, oficios y resoluciones, tanto interlocutorias como definitivas y todas las demás actuaciones que deriven de la substanciación del juicio, a través de medio electrónico; tal y como lo cita el artículo 58-D de la Ley, garantizando su seguridad, inalterabilidad, autenticidad, integridad y durabilidad conforme a los lineamientos que expida el tribunal; y la inherente economía en recursos financieros que esto originará al evitar desplazamientos innecesarios entre las ciudades donde se origine el juicio y la sede de la sala regional del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa que le corresponda, gastos de papelería y tiempo. Todo los anteriores costos son finalmente trasladados por los abogados a los clientes, por lo que el juicio en línea traerá consigo, al menos en teoría, honorarios mas bajos para las partes y una reducción de costos para los tribunales.

Señalo a continuación algunos de los aspectos relevantes del juicio en línea:

I. Como señalamos anteriormente el juicio en línea representa un gran avance en la incorporación de las nuevas Tecnologías de la Información y Comunicación electrónica al ámbito jurídico de nuestro país.

II. Si bien el juicio en linea es contemplado por la ley como optativo de acuerdo al artículo 13 de la LFPCA para los casos en que el demandante sea un particular; cuando la demandante sea una autoridad deberá hacerlo necesariamente a través del Sistema de Justicia en Línea. Cabe mencionar que si el demandante particular opta por el juicio en línea esta decisión es definitiva; sin embargo, el artículo 58-C de la Ley, señala que cuando el demandante sea una autoridad, al contestar la demanda el particular demandado podrá ejercer su derecho de opción para que el juicio se tramite y resuelva en línea o por la vía tradicional.

III. Para poder tramitar el juicio en línea será necesario, de acuerdo a lo contemplado en el artículo 58-E de la LFPCA, observar los lineamientos que para tal efecto expida el TFJFA y contar con la Firma Electrónica Avanzada, Clave de Acceso y Contraseña, mismas que se proporcionarán a través del Sistema en Línea del Tribunal, previo registro y autorización correspondientes.

IV. Toda actuación dentro del juicio en línea deberá ser validada con la Firma Electrónica Avanzada del demandante, la cual tendrá los mismos efectos legales que la firma autógrafa, garantizando la integridad del documento y teniendo el mismo valor probatorio. Una vez recibida por vía electrónica cualquier promoción de las partes, el Sistema de Justicia en Línea del Tribunal emitirá el Acuse de Recibo Electrónico correspondiente, señalando la fecha y la hora de recibido.

Ramón Cortés Vargas

ramon@cortesvargas.com